Aprueban comisiones dictamen que establece Paridad de Género en doce leyes estatales

Culiacán, Sin.- Un dictamen que establece el principio de paridad de género, para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en el acceso a puestos de representación política, de la administración pública, así como en los órganos jurisdiccionales, fue aprobado en cuatro comisiones permanentes.

En Sesión Virtual, Comisiones Unidas, de Puntos Constitucionales y Gobernación, Derechos Humanos, Transparencia, Anticorrupción y Participación Ciudadana y Protocolo y Régimen Orgánico Interior, aprobaron dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de doce leyes estatales.

Se modifican estos ordenamientos, contemplando para su integración el principio de paridad de género, como una medida estratégica para generar mejores condiciones para garantizar los derechos políticos de las mujeres.

Comisiones Unidas, elaboraron dictamen con tres iniciativas: una presentada por diputadas y diputados del grupo parlamentario de Morena; la segundad, por la diputada del PAS, todas y todos legisladores de la actual Legislatura; y la tercera por un grupo de ciudadanas y ciudadanos.

Las comisiones dictaminadoras valoraron viables las propuestas de las iniciativas, con la finalidad de proteger y garantizar que el principio de igualdad sustantiva se traduzca en la práctica en un mandato para la participación paritaria en aquellos espacios donde persisten desigualdades entre hombres y mujeres.

Como son los puestos de elección popular, la administración pública, la impartición de justicia y los organismos autónomos administrativos y jurisdiccional electoral, se lee en el dictamen en lo particular que fue aprobado de forma unánime por las y los diputados presentes.

“Para que ninguna mujer sea doblemente discriminada por razones de preferencia o condición sexual, étnicas, de discapacidad, o cualquier otra que comprometa el pleno ejercicio de sus derechos humanos, incluidos sus derechos políticos”, se lee.

Comisiones Unidas, aprobaron reformas y adiciones, a las siguientes leyes: Ley Orgánica de la Administración Pública, Ley de Gobierno Municipal, Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, Ley Orgánica de la Fiscalía General, Ley Orgánica de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley del Sistema Anticorrupción, Ley de Seguridad Pública y Ley Orgánica del Congreso, todas del Estado de Sinaloa.

El pasado 2 de junio, el Congreso del Estado de Sinaloa, aprobó reforma constitucional que garantiza la paridad de género en todos estos cargos públicos, dando cumplimiento al mandato establecido en el artículo cuarto transitorio de la reforma de la Constitución federal de fecha 6 de junio de 2019.

Con estas reformas, las cuatro Comisiones permanentes homologan leyes estatales con la Constitución Política del Estado en materia de paridad de género.
A favor del dictamen, por parte de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, votaron: Horacio Lora Oliva, Ana Cecilia Moreno Romero, Édgar Augusto González Zatarain, María Victoria Sánchez Peña y Flora Isela Miranda Leal.

Por la Comisión de Derechos Humanos, Jesús Angélica Díaz Quiñónez, José Antonio Crespo López, Yeraldine Bonilla Valverde, Mariana de Jesús Rojo Sánchez y Elva Margarita Inzunza Valenzuela.
Y por la de Protocolo y Régimen Orgánico Interior, a favor del dictamen, votaron, Fernando Mascareño Duarte, Cecilia Covarrubias González, Elva Margarita Inzunza Valenzuela, José Antonio Crespo López y Jesús Palestino Carrera.
Y por la de la Comisión de Transparencia, Anticorrupción y Participación Ciudadana, a favor del dictamen votaron: Cecilia Covarrubias González y Horacio Lora Oliva, legisladores presentes.

ASÍ LAS REFORMAS A CADA UNA DE LAS DOCE LEYES

1.- Respecto de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa, se propone que, para el caso de las personas titulares de las Secretarías y Dependencias de la Administración Pública Estatal, para su designación se deberá observar el principio de paridad de género.
2.- La Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, se proyecta establecer que los municipios en uso de su plena autonomía para gobernar y administrar, deberán establecer procedimientos de nombramientos y remoción de servidores públicos, debiendo observar el principio de paridad de género.

3.- En la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Sinaloa, se propone incluir para la integración del Supremo Tribunal de Justicia, el principio de paridad de género; así como en la integración del Pleno del mismo; de igual manera que en los concursos de oposición, para los órganos jurisdiccionales.

4.- Respecto de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Sinaloa, se establece que quienes integran la Sala Superior, no podrán ser del mismo género. Además, en su estructura orgánica interna se deberá de observar el principio de paridad de género.

5.- En relación con la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Estado de Sinaloa, se propone para la integración del Consejo Consultivo, se deberá observar el principio de paridad de género, así como en la estructura administrativa de la propia Fiscalía.

6.- En lo que se refiere a la Ley Orgánica de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, se proyecta contemplar en la integración de la Comisión el principio de paridad de género, tal como se ha señalado en su Consejo Consultivo.

7.- De igual manera, en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa, se establece como atribución del Consejo General, en la designación de los Consejos Distritales y Municipales, además de atender los lineamientos respectivos, tomar en consideración el principio de paridad de género.

Así como en los nombramientos del Secretario Ejecutivo y de los coordinadores de organización, administración, prerrogativas de partidos políticos, capacitación y educación cívica; así como nombrar al demás personal que sea necesario para el cumplimiento de las atribuciones del Instituto, observando el principio de paridad de género.

8.- Respecto de la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Sinaloa, se proyecta que en la integración del Tribunal Electoral, se deberá observar el principio de paridad de género, así como en su estructura administrativa.

9.- En relación a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, se proyecta que la Comisión deberá integrarse con tres Comisionadas y Comisionados, quienes no podrán ser del mismo género; además en la integración de los Comités de Transparencia, así como en el Consejo Consultivo, se deberá observar el principio de paridad de género.

10.- En la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Sinaloa, se propone que el Comité de Participación Ciudadana en su integración deberá observar el principio de paridad de género.

11.- En la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, se propone que, en la integración de la Coordinación General del Consejo Estatal, en su composición se deberá observar el principio de paridad de género.

12.- En la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Sinaloa, se propone que en la integración de la Mesa Directiva, Comisiones Permanente, Diputación Permanente, así como de los nombramientos de los servidores públicos (Secretario General, Directores, entre otros), se deberá observar el principio de paridad de género, así como en la propia estructura administrativa del Congreso del Estado.

Respecto del régimen transitorio, se propone el inicio de vigencia al día siguiente después de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”; además se propone que las disposiciones contenidas en este Decreto, serán aplicables para el caso de las personas de cargos de elección popular para quienes tomen posesión a partir del proceso electoral del año 2021.

Y respecto de las personas que no sean electas por medio de un proceso electoral, su integración y designación se hará de manera progresiva conforme proceda, tratándose de titulares de las dependencias de la administración pública estatal y municipal.

SE ANALIZARON TRES INICIATIVAS PARA EL DICTAMEN: }

A. – Con proyecto de Decreto que propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública, Ley de Gobierno Municipal, Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, Ley Orgánica de la Fiscalía General, Ley Orgánica de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Ley del Sistema Anticorrupción, todas del Estado de Sinaloa, presentada por los Diputados y Diputadas Graciela Domínguez Nava, J. Jesús Palestino Carrera, Juan Ramón Torres Navarro, Cecilia Covarrubias González, Flora Isela Miranda Leal, Francisca Abelló Jordá, José Rosario Romero López, Ocadio García Espinoza, Alma Rosa Garzón Aguilar, José Antonio Crespo López, Yeraldine Bonilla Valverde, Apolinar García Carrera, Florentino Vizcarra Flores, Beatriz Adriana Zarate Valenzuela, Mariana de Jesús Rojo Sánchez, Pedro Alonso Villegas Lobo, Gildardo Leyva Ortega, Rosa Inés López Castro, María Victoria Sánchez Peña, Marco Antonio Zazueta Zazueta, Fernando Mascareño Duarte, Flor Emilia Guerra Mena y Horacio Lora Oliva, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Morena de la Sexagésima Tercera Legislatura.

B.- Con proyecto de Decreto que propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, Ley Orgánica de la Fiscalía General, Ley del Sistema Anticorrupción, Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley Orgánica de la Administración Pública, Ley de Gobierno Municipal, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana, Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y Ley Orgánica del Congreso, todas del Estado de Sinaloa, presentada por la Diputada Jesús Angélica Díaz Quiñonez y el ciudadano Víctor Antonio Corrales Burgueño.

C.- Con proyecto de Decreto que propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Sinaloa, por los ciudadanos Silber Alonso Meza Camacho, Gustavo Enrique Rojo Navarro, David Moreno Lizárraga, Sibely Cañedo Cazarez, Edna Lizette Fong Payan, Amparo Natalia Reyes Andrade, Gustavo Andres Rojas Ayala, Anna Karenina Velarde López, Magdiel Leyva Obeso, Priscila Rebeca Salas Espinoza y Padilla Montiel Jesús Guillermo.

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