Guasave, Sin. – El titular del Órgano Interno de Control, Juan Ramon Bojórquez Cempoalt, dijo que actualmente se están atendiendo 307 carpetas de investigación de la presente administración, entre denuncias ciudadanas, de la Auditoría Superior del Estado y la Federación, faltas que van desde algún documento o expediente, hasta señalamientos por incumplir con la normatividad, las cuales son turnadas al departamento de investigación y denuncias.
“Nuestro archivo dinámico se compone ahorita de 307 carpetas de investigación, desde luego esto de acuerdo a las diferentes fuentes de ingresos que son, denuncias ciudadanas, comunicación de la Auditoria Superior del Estado, algunas también de la Auditoria Superior de la Federación, de carácter investigativo por presuntas faltas no grabes, detectadas en revisiones por ellos prácticamente, son diferentes faltas desde algún documento o un expediente, hasta señalamientos de incumplir con la normatividad”.
“Tanto las denuncias como las derivaciones que hace la Auditoria Superior del Estado y en su caso la Federación, son dirigidas al Órgano de Control y nosotros de acuerdo a la distribución de nuestras actividades y facultades lo turnamos en el caso de las denuncias y comunicaciones de revisión de las denominadas además Auditorias, nosotros las turnamos al departamento de investigación y denuncias”.
El funcionario, señaló que la mayoría de las carpetas de investigación provienen de revisiones que hace la Auditoria Superior del Estado al ente público, además señalo que como Órgano Interno de Control no formulan recomendaciones solo resoluciones que son notificadas al presunto infractor, y le dan seguimiento a las faltas cuando son turnadas para su estudio.
“La mayor cantidad de ellas provienen de revisiones que hace la Auditoria Superior del Estado en auditorias al ente público del municipio de Guasave, se han resuelto algunas pero ahorita es el archivo dinámico, pero si hay resultas por supuesto que si hay, nosotros no formulamos recomendaciones, en el caso nosotros formulamos resoluciones que son debidamente notificadas al presunto infractor, y estás quedan firmes después de que no son objetadas”.