Ciudad de México.- Cada vez está más cerca la fecha en que millones de contribuyentes deberán realizar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Bajo este sentido, es necesario que las personas físicas que perciben ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial o profesional, conozcan que pueden deducir gastos médicos.
Es decir, las y los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables, según el ejercicio fiscal que corresponda, gastos médicos como prótesis, análisis y estudios, entre muchos otros, de acuerdo con un comunicado emitido por el organismo fiscal.
Cabe destacar que los gastos médicos deducibles por los contribuyentes pueden corresponder a pagos propios o que se hicieron en favor de sus familiares directos, o sea, cónyuge o persona con quien vive en concubinato, padres, abuelos, hijos y nietos, únicamente si no percibieron ingresos iguales o superiores al salario mínimo anual.
¿Qué gastos médicos son deducibles de impuestos?
El SAT enfatiza que los gastos deben pagarse a través de cheque normativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito o servicios, mientras que los honorarios médicos deberán ser respaldados con facturas emitidas por personas con título profesional.
Una vez cumplas con los requisitos anteriores, los gastos médicos que podrán ser deducibles de impuestos durante la Declaración Anual incluyen los siguientes:
- Análisis o estudios clínicos
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente
- Gastos hospitalarios
- Honorarios a personal de enfermería
- Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales
- Lentes ópticos graduados, hasta por un monto de 2,500 pesos
- Medicinas incluidas en facturas de hospitales
- Primas por seguros de gastos médicos
- Prótesis
También son deducibles los gastos por salud de incapacidades o discapacidades en grado mayor a 50 por ciento. No obstante, los contribuyentes deberán contar con el certificado o la constancia correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
Los gastos médicos que no podrán deducirse son:
- Medicinas compradas en farmacias
- El 100% del pago de la factura cuando incluya otros conceptos no deducibles como copago, coaseguro, membresías de descuento, en hospitales: florería y cafetería, entre otros
- Gastos cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que aplique
- Gastos médicos de mascotas
Cosas a tener en cuenta antes de deducir estos gastos
A la hora de llevar a cabo estos gastos, el SAT recomienda que los contribuyentes verifiquen los siguientes detalles:
El campo «uso del CFDI» debe ser por «honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios» o «gastos médicos por incapacidad o discapacidad», así como «primas por seguros de gastos médicos», según sea el caso.
También se debe verificar que la clave corresponda al medio de pago utilizado, ya sea un cheque normativo, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, débito o servicios, tal y como informa el SAT.
En caso de necesitar verificar que tus facturas cumplen todos los requisitos, los contribuyentes pueden acceder al Visor de deducciones personales a través de su página web.
«El SAT recomienda a las y los contribuyentes revisar sus facturas médicas y verificar que la clave de producto y servicio corresponda a las claves relacionadas con este tipo de deducción personal», se lee en el comunicado de prensa del organismo fiscal.
Con información de El Heraldo de México






