Culiacán, Sin.- En sesión ordinaria el Consejo General del IEES expidió el lineamiento para el registro de candidaturas a ocupar cargos de elección popular para el Proceso Electoral Local 2023-2024; así como los formatos de solicitud que deberán presentar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas independientes y candidaturas comunes.
La Consejera Electoral y titular de la Comisión de Reglamentos y Normatividad, Gloria Icela García Cuadras, indicó que con esta aprobación se establece el procedimiento que se deberá seguir para dar cumplimiento a los lineamientos emitidos por este Instituto en materia de paridad de género, para la postulación de candidaturas indígenas, juventud, personas con discapacidad y personas de la diversidad sexual; así como a los requisitos exigidos por la normatividad, procedimiento de revisión y desahogo de requerimientos.
El presente lineamiento especifica en cuanto a la atención del principio de paridad en la postulación de candidaturas, que en el procedimiento de revisión de las solicitudes de registro de las candidaturas a Diputaciones y Ayuntamientos podrá requerírseles para efectuar cambios en los registros en caso de que no se acredite la postulación al menos del 50% de mujeres en los distintos cargos públicos y con la atención al lineamiento de paridad; ya que de ser superior ese porcentaje, sin duda privilegiaría la progresividad de la participación de las mujeres en la integración del Poder Legislativo y de los Ayuntamientos, lo cual constituye una deuda histórica de la sociedad mexicana hacia las mujeres.
Cabe destacar que, a través de la modificación al artículo 38, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de mayo de 2023, para este Proceso Electoral 2023-2024, se ampliaron a 8, los supuestos en los que se suspenden los derechos o prerrogativas de las personas ciudadanas, relativos a la Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género (VPMRG).
Además, desde enero de 2023 a nivel local la legislación electoral amplió los supuestos de inelegibilidad, contemplado justamente los casos en que se suspende la ciudadanía. Estos supuestos se refieren cuando se tenga sentencia firme por la comisión intencional de: Delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales; el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar; por violencia familiar equiparada o doméstica; por violación a la intimidad sexual; por VPMRG, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
Por tal razón, se considera necesario que en el formato de aceptación de la candidatura que se anexe a las solicitudes de registro que presenten los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, se integre la declaración bajo protesta de decir verdad de que no se encuentra en alguno de los supuestos descritos.