Hasta tres años de cárcel podría recibir el presunto asesino de un perro en Ahome, según el Código Penal de Sinaloa

Los Mochis, Sin.- La presunta muerte de un perro a manos de un hombre que habría disparado con un arma de fuego este miércoles en el ejido Benito Juárez generó indignación entre habitantes de la comunidad y puso de nuevo en el centro de la discusión las penas legales por maltrato animal en Sinaloa.

De acuerdo con el Código Penal del Estado de Sinaloa, provocar la muerte de un animal doméstico, silvestre o feral constituye un delito que puede ser sancionado con penas de dos a tres años de prisión, además de una multa de entre 200 y 400 días. Así lo establece el Artículo 364, que regula el capítulo único relativo al maltrato o crueldad contra animales.

La legislación estatal es clara al señalar que cuando las lesiones causadas a un animal derivan en su fallecimiento, la sanción se incrementa respecto a otros actos de maltrato. En casos donde sólo se producen lesiones, la pena va de seis meses a dos años de prisión, pero si dichas lesiones ponen en peligro la vida del animal, la condena puede aumentar hasta en una mitad.

El Código Penal define como crueldad animal cualquier acto realizado con la voluntad de causar dolor o sufrimiento, e incluso obtener beneficio o placer a partir de la violencia ejercida contra el animal, especialmente cuando se pone en riesgo su vida o se le provoca la muerte por métodos no permitidos por la ley. Asimismo, considera maltrato animal todo acto u omisión que ocasione daño físico, sufrimiento o afecte gravemente el bienestar y la integridad del animal.

En el caso registrado en Ahome, el hombre fue detenido por elementos de la Policía Municipal en posesión de un arma de fuego, luego de que presuntamente disparara contra un perro, privándolo de la vida. El hecho provocó una fuerte reacción social en la comunidad, donde vecinos exigieron que el caso no quede impune y se aplique todo el peso de la ley.

Aunque la normativa excluye de este capítulo prácticas como el sacrificio de animales de abasto, la charrería y las peleas de gallos —siempre que se realicen conforme a la ley—, el daño intencional a un animal doméstico como el ocurrido en este caso sí encuadra como delito penal.

El proceso legal correspondiente quedará ahora en manos de la autoridad investigadora, que deberá determinar la responsabilidad del detenido y, en su caso, aplicar las sanciones previstas en la legislación vigente. Mientras tanto, el caso se suma a una creciente lista de hechos que han incrementado la exigencia social de mayor respeto y protección para los animales en Sinaloa.

Foto de archivo.

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