Iniciativa propone establecer y regular candidaturas comunes en elecciones en Sinaloa

Durante la sesión ordinaria de este martes, la diputada del PT María Guadalupe Cázares Gallegos propuso establecer y regular las candidaturas comunes en Sinaloa.

En la iniciativa leída, la legisladora propone reformar el artículo 61 y adicionar el artículo 61 bis a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa.

Lo anterior para que dos o más partidos políticos, sin mediar coalición, puedan postular y registrar a la misma persona candidata, formula, planilla o lista de candidatos para las elecciones a la Gubernatura del Estado, a las Diputaciones del Congreso del Estado y Presidencias Municipales.

Para tal efecto la iniciativa establece que se deberá presentar por escrito la aceptación de la candidatura de la persona ciudadana a postular. En los casos de Diputaciones al Congreso del Estado, será la aceptación de la persona propietaria y suplente que integran la fórmula.

Asimismo, presentar convenio de los Partidos postulantes y la persona candidata, en donde se indique por lo menos los siguientes requisitos:

a) Presentar cada uno de los partidos integrantes para gastos de la campaña, sujetándose a los topes de gastos de campaña determinados por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado. Cada Partido será responsable de entregar su informe, en el que se señalen los gastos de campaña realizados.

b) Nombre de los partidos que la conforman, así como el tipo de elección de que se trate.

e) Emblema común de los partidos que lo conforman y el color o colores con que se participa.

d) La manifestación por escrito de proporcionar al Instituto, una vez concluido sus procesos internos, el nombre, apellidos, edad, lugar de nacimiento, domicilio, clave de la credencial para votar y el consentimiento por escrito de la persona candidata.

e) La aprobación del convenio por parte de los órganos directivos correspondientes de cada uno de los partidos políticos postulantes de la candidatura común.

f) La forma en que se acreditarán los votos a cada uno de los partidos políticos postulantes de la candidatura común, para efectos de la conservación del registro, para el otorgamiento del financiamiento público y en su caso, para aquellos que establezca esta ley. Todos los votos se computarán a favor la candidatura común y la distribución del porcentaje de votación será conforme al convenio de candidatura común registrado ante el Instituto.

g) Para las elecciones de diputados y miembros de las Presidencias Municipales, el convenio deberá indicar el partido político al que pertenecerán las personas candidatas en caso de resultar electas.

Al convenio de candidatura común se acompañará lo siguiente:

a) El compromiso por escrito de que los partidos políticos postulantes de la candidatura común entregarán en tiempo y forma al Instituto su plataforma electoral por cada uno de ellos.

b) Las actas que acrediten que los partidos aprobaron de conformidad con sus estatutos, la firma del convenio de candidatura común para la elección que corresponda.

Los Partidos Políticos de nuevo registro no podrán convenir Candidaturas Comunes con otro Partido Político antes de la conclusión de la primera elección federal o local inmediata posterior a su registro, según corresponda.

Se exceptúa de la referente disposición a los partidos políticos que no obtuvieron su registro nacional pero sí hayan obtenido el3% de la votación del proceso local referido.

Los políticos que postulen candidaturas comunes no podrán postular candidaturas propias, independientes ni de otros partidos políticos para la elección que convinieron la candidatura común.

El artículo 61 Bis propone  que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, dentro de los cinco días siguientes a la presentación de la solicitud de registro del convenio de candidatura común, deberá resolver lo conducente a través de un Acuerdo.

Habiéndose dado la primera lectura a esta iniciativa, el diputado Ricardo Madrid Pérez, presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Sinaloa, la turnó para la segunda lectura de Ley.

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