Pensión del Bienestar: Motivos que pueden llevarte a perder los 6,200 pesos del apoyo bimestral

Ciudad de México.- Aunque la Pensión del Bienestar es un derecho para todos los mexicanos que cumplen con los requisitos, una vez que se tiene, es posible perderla por varios motivos.

La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es un programa fundamental para millones de mexicanos, pero, como todo apoyo gubernamental, tiene reglas claras para garantizar que llegue a quienes verdaderamente lo necesitan.

Conocer los motivos que pueden llevarte a perderla, es muy importante para no caer en un error que te deje sin el apoyo bimestral.

📌 Causas por las que te pueden dar de baja de la Pensión del Bienestar

De acuerdo con información oficial, los motivos por los que la pensión universal puede perderse son:

  1. No cobrarla durante dos bimestres seguidos: Si no retiras el apoyo en cuatro meses (dos periodos consecutivos), el sistema lo interpreta como abandono no intencional y esto puede implicar la pérdida de la pensión.
  2. No recoger tu tarjeta del Banco del Bienestar: Desde que te avisan que tu tarjeta está lista, tienes dos bimestres para recogerla. Después, se cancela el registro.
  3. Datos incorrectos o desactualizados: Un error en la Clave Única del Registro de Población (CURP), nombre o fecha de nacimiento, o no reportar un cambio de domicilio, puede suspender temporalmente tu pensión hasta que lo corrijas.
  4. Duplicidad de registros: ¿Te inscribiste más de una vez (aunque fuera por accidente)? El sistema lo detecta y elimina el registro más reciente o el que tenga inconsistencias.
  5. Falsificación de documentos: Presentar información falsa es motivo de baja inmediata y puede tener consecuencias legales.
  6. No estar localizable: Si el personal del programa hace dos visitas a tu domicilio y no logran encontrarte, podrías ser dado de baja por “no localización”.
  7. Cobro doble o simultáneo: Recibir pagos por más de un registro (como si fueras dos personas distintas) es considerado fraude y se sanciona con la cancelación del beneficio.
  1. Mudanza al extranjero: Si decides vivir fuera de México, el apoyo se suspende, el programa está destinado a personas que residen en territorio nacional.
  2. Fallecimiento del beneficiario: Por supuesto, la pensión cesa al fallecer el titular. Los familiares deben notificarlo lo antes posible para regularizar la situación.
  3. Baja voluntaria: También puedes renunciar si así lo decides. Basta con acudir a una oficina del programa y solicitarlo.

💡 Tips para mantener tu pensión segura

✔️ Recoge tu tarjeta a tiempo

✔️ Cobre tu pensión cada bimestre, incluso si no la necesitas “de inmediato”

✔️ Mantén tus datos actualizados, como CURP, domicilio, contacto

✔️ Si te mudas, aunque sea dentro de la misma ciudad, avísales

 

✔️ En caso de fallecimiento, los familiares deben presentar el acta correspondiente para evitar cobros indebidos

Recuperar la Pensión del Bienestar, es posible

De acuerdo con autoridades, la buena noticia es que en la mayoría de los casos esta decisión se puede revertir, y por lo tanto, recuperar de nuevo el apoyo económico.

Sin embargo, de cualquier forma lo mejor es prevenir que se llegue a una situación como la suspensión temporal, o definitiva del programa.

“Pago en Marcha”: El apoyo a familiares por el fallecimiento del titular del programa

El “Pago en Marcha” es un apoyo único que se entrega a familiares del titular de la cuenta, en caso de su fallecimiento, para lo que es necesario reportar la muerte del beneficiario de la Pensión del Bienestar.

¿Quiénes pueden recibirlo?

Este apoyo está dirigido específicamente a la persona registrada como auxiliar del beneficiario fallecido, generalmente un familiar cercano (hijo, cónyuge, hermano, nieto, etc.) que ya aparecía en el padrón del programa como contacto de respaldo.

También aplica para beneficiarios de la Pensión para Madres Trabajadoras, aunque en ese caso, el proceso requiere una notificación adicional por parte del auxiliar.

Si el fallecido no tenía un auxiliar registrado, no todo está perdido, pues el Comité Técnico del Programa puede evaluar la situación bajo circunstancias especiales y, excepcionalmente, autorizar la entrega del apoyo.

¿Cómo se solicita? Paso a paso

  1. Notifica el fallecimiento

Debes hacerlo dentro del mes siguiente al deceso. Puedes hacerlo:

  • Llamando a la Línea de Bienestar: 800 639 42 64, o
  • Acudiendo directamente a un módulo de atención de la Secretaría de Bienestar más cercano.
  1. Reúne y presenta la documentación
  2. En la oficina correspondiente, el auxiliar debe entregar:

✅ Acta de defunción del beneficiario

✅ Identificación oficial vigente

✅ Documentos que acrediten su parentesco y su registro como auxiliar en el programa

Cumple con una condición clave

El auxiliar no debe haber cobrado ninguna pensión después de la fecha de fallecimiento. Si eso ocurrió —aunque sea por error—, el apoyo podría no proceder.

 

Con información de El Imparcial

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