¡Polémico Artículo 109 de la Ley de Telecomunicaciones…!

Ciudad de México.- La Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo dijo que se creará el Organismo Antimonopolio que estará constituido por autoridades, y ahí con independencia técnica van a definir si, por ejemplo, un banco se quiere fusionar con otro, incurrirán en prácticas monopólicas o no.
Al explicar este punto la Presidenta Sheinbaum dijo que se envió la iniciativa, igual que la de Telecomunicaciones, y en su momento se enviarán a los perfiles de las personas que estarán ahí y tendrán esta atribución.
Se reduce el número de personas que trabajaban tanto en el IFT como en la Cofece, está todo esto en el Senado de la República.
Es una Ley que viene trabajándose desde hace meses, se incorporó el artículo para que gobiernos extranjeros no puedan transmitir campañas ideológicas en nuestro país. Al desaparecer el organismo autónomo, las atribuciones se separan y quedan en la Agencia Digital y en el nuevo organismo antimonopolio.
Hay mucha discusión sobre este tema, una parte sobre un artículo, el 109 de la Ley de Telecomunicaciones, sobre plataformas digitales, en donde se establece que la Agencia Digital puede bloquear temporalmente una plataforma digital, pero no tiene nada que ver con censura, ni con nada de eso.
Nunca ha sido nuestro deseo censurar a nadie, no tiene nada que ver con autoritarismo, sino recuperar atribuciones.
Ese artículo tiene que aclararse para no dar pie a la oposición de que se pretende censurar. Ese artículo en particular tiene que quedar claro, “si se piensa que es para censurar nunca ha sido el objetivo… el gobierno de México no va a censurar a nadie…
Quitamos ese artículo del tema, dijo la Presidenta. No hay ningún problema, que se elimine o modifique la redacción.
Sobre las atribuciones que recupera el Estado Mexicano, ahí sí hay dudas, pues que se abra la discusión en el Senado, no tiene por qué aprobarse el martes.
Que se abra la discusión, que en el Senado se plantee, que vayan expertos, no trata de imponerse nada.
Ya no va a regresar lo que existía antes, es un nuevo esquema que no tiene nada que ver con autoritarismos, sino recuperar atribuciones.
Para que quede claro, el Artículo que tiene que ver con las plataformas digitales, nunca ha sido nuestro deseo censurar a nadie, que se modifique la redacción o que se elimine el Artículo, y sobre la discusión de cómo se recuperan atribuciones en la Agencia Digital, que abra la discusión en el Senado.
Se cierra período de sesiones el 30 de abril, que se abra la discusión, que se enriquezca la propuesta que hicimos en el marco de lo que se presentó, y que una vez que se aclare la orientación de esta ley, que se llame a un período extraordinario, que podría ser en mayo.
¡LO QUE DICE EL ARTÍCULO 109 DE LA NUEVA LEY DE TELECOMUNICACIONES!
La reforma a la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión ha generado controversia en el Senado, particularmente por el contenido del artículo 109, que permitiría a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) bloquear temporalmente plataformas digitales, lo que ha sido interpretado por la oposición como un intento de censura.
Las modificaciones fueron aprobadas por las comisiones unidas de Radio, Televisión y Cinematografía; de Comunicaciones y Transportes; y de Estudios Legislativos, en medio de críticas del PRI, PAN y Movimiento Ciudadano, que advierten un posible uso discrecional por parte del gobierno federal.

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