SAT tendrá acceso a Netflix, Prime y Spotify; esto pasará con tus cuentas

Ciudad de México.- En días recientes, en la Cámara de Diputados se aprobó una reforma al Código Fiscal de la Federación, con la que se permite al Servicio de Administración Tributaria (SAT) acceder “en línea y en tiempo real” a los sistemas de plataformas digitales.

Esta medida aplicará en diversos servicios de streaming, marketplace, apps de transporte e incluso de citas como Tinder. Y es que su objetivo es verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de dichas empresas y de los vendedores o prestadores de servicios que hay en ellas.

Si te preocupa qué pasará con tu cuenta, en Techbit te lo explicamos.

¿Qué información podrá consultar el SAT en las plataformas digitales?

De acuerdo con el artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación, ahora los prestadores de servicios digitales deberán permitir al SAT el acceso permanente a la información necesaria para verificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Esto implica:

  • Registros de transacciones y montos de operación.
  • Retenciones de impuestos y RFC de usuarios o vendedores.
  • Historial de facturación y comprobantes de pago.
  • Datos de suscripción o consumo con relevancia fiscal.

El acceso a la anterior información se haría únicamente en la actividad económica y contable, no en los contenidos personales. Ello quiere decir que el SAT no podrá revisar sus mensajes, contraseñas, datos de perfil, historiales ni contenido privado.

¿A quiénes impactará directamente?

A las plataformas digitales. Empresas como Netflix, Prime Video, Mercado Libre, Uber o Spotify deberán habilitar conexiones seguras para que el SAT pueda validar en tiempo real que cumplen con sus retenciones y obligaciones fiscales.

De negarse, podrían recibir sanciones o incluso bloqueos temporales en México.

Y a los vendedores y prestadores de servicios. Las personas que venden productos, ofrecen cursos o prestan servicios a través de dichas plataformas tendrán que cumplir sus obligaciones de manera estricta.

Cualquier diferencia entre los ingresos declarados y los reportados será detectada, lo que podría derivar en notificaciones del SAT.

¡Ojo! Para los consumidores comunes, o bien las personas que pagan una suscripción o realizan compras, se advierte que no habrá afectaciones.

Si vendes en plataformas digitales, recuerda hacer tus declaraciones ante el SAT para evitar multas. Foto: Pexels

¿Deberías preocuparte por tu privacidad?

A pesar de que se ha presentado como una reforma meramente fiscal, organizaciones civiles han advertido que podría abrir la puerta a interpretaciones amplias que vulneren la privacidad digital.

“Se trata de una medida de vigilancia sin garantías de debido proceso”, advirtió Artículo 19 en un comunicado. Y al mismo tiempo señalaron que podría ser “una interferencia descontrolada en el derecho a la privacidad”.

La reforma aún deberá ser discutida y aprobada en el Senado de la República. Durante este ínter, las plataformas tendrían que adaptar sus sistemas y protocolos de seguridad. Y de aceptarse, podría entrar en vigor el 1 de abril de 2026.

Recomendaciones para usuarios de servicios digitales

  • Revisa tu RFC y datos fiscales si vendes o prestas servicios en estas plataformas digitales.
  • Guarda comprobantes y concilia tus ingresos con lo que las plataformas reportan.
  • Consulta los avisos de privacidad para entender qué información comparte cada app con las autoridades.
  • Si solo eres consumidor, mantén tus métodos de pago actualizados.

Con imagen e información de El Universal 

¿Qué opinas tu?

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Noticias Relacionadas

https://casaley.com.mx
https://casaley.com.mx
https://casaley.com.mx
https://casaley.com.mx
https://casaley.com.mx

Búsqueda

Buscar