Ciudad de México.- Con algunos ajustes en las reglas se ratificará el decreto para la regularización de carros americanos, porque se ha abusado mucho, advirtió la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.
La Presidenta agregó que se le harán ajustes al decreto original emitido por la anterior administración federal, porque realmente se ha abusado de él.
¡CONTEXTO!
4. ¿Cuál es el costo de la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera? De acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Reforma al Decreto, será a través de un pago único de $2,500.00 (dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) por concepto de aprovechamiento, por los trámites correspondientes.
Catálogo de preguntas frecuentes Regularización de Vehículos Usados de Procedencia Extranjera 2 5. ¿Qué vehículos podrán ser regularizados? En atención al artículo 2 de la Reforma al Decreto, los vehículos de fabricación o ensamble en México, Estados Unidos de América o Canadá, conforme al Número de Identificación Vehicular. Esto quiere decir que el NIV, debe de iniciar con un número como: 1, 2, 3, 4 y 5 ● 1, 4 o 5: Estados Unidos de América ● 2: Canadá ●
3: México Se exceptúan las motocicletas, bicicletas, cuatrimotos y Remolques. 6. ¿Qué año modelo de vehículos son los que van a poder ser regularizados? De acuerdo al artículo 3 fracción II de la FE de erratas, el año-modelo del vehículo será de cinco o más años anteriores a aquél en el que se realice la importación definitiva, es decir, modelo 2016 y anteriores. 7. ¿Cuántos vehículos puede regularizar un propietario? De acuerdo al artículo 4 de la Reforma al Decreto, los propietarios podrán efectuar la importación definitiva de un sólo vehículo. 8. No podrán importarse en forma definitiva al territorio nacional ni otorgarse autorización de legal estancia, a los vehículos usados, de acuerdo al artículo 5 del Decreto, que establece: • Que esté restringida o prohibida su circulación en el país de procedencia o en México. • Vehículos de lujo, deportivos, ni blindados. • Que no cumplan con las condiciones físico mecánicas o de protección al medio ambiente. • Que estén reportados como robados. • Que se encuentren relacionados con la comisión de un delito en alguna carpeta de investigación o proceso penal. • No haber sido importado temporalmente o internado al país en fecha posterior al 19 de octubre de 2021. • No contar con un registro en el REPUVE.