Suprema Corte falló a favor de los concubinos y eliminó el requisito de tener 5 años comprobables de relación o un hijo en común para pedir la pensión

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el mes pasado que el requisito de cinco años de convivencia o la existencia de hijas o hijos en común para obtener una pensión por concubinato en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) es inconstitucional.

La decisión fue aprobada por mayoría calificada en el Pleno y modifica un criterio que se mantenía desde 2007.

La información fue dada a conocer inicialmente por La Jornada y confirmada a partir del proyecto discutido en sesión pública de la Corte.

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