Ciudad de México.- La Cámara de Diputados dará por recibidas de manera formal dos minutas provenientes del Senado de la República, con reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, una de las cuales fue identificada coloquialmente con el nombre de “Ley Anti-chancla”.
El proyecto aprobado por los senadores, incluye cambios a la Ley de Derechos referida y también al Código Civil Federal, para establecer que quedarán prohibidos el castigo corporal y humillante.
Agrega que padres o tutores y quienes estén a cargo, guarda o custodia de menores, en escuelas, instituciones deportivas, religiosas, de salud, asistencia social y cualquier otra índole, de ningún modo autorizarán “el uso del castigo corporal ni el castigo humillante”.
El proyecto a turnar a comisiones en San Lázaro agrega que se considerará castigo corporal, todo acto cometido contra niñas, niños y adolescentes, donde se use la fuerza física “incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve”.
Define como castigo humillante “cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido contra niñas, niños y adolescentes”. La norma aprobada por los senadores y que deberá ser procesada en San Lázaro recalca que quedará prohibido ejercer cualquier tipo de violencia contra menores de edad, incluyendo adolescentes, en particular el castigo corporal y humillante.
Refiere que los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho a ser orientados, educados, cuidados y disciplinados por los padres y quienes estén a su cuidado, pero en ningún momento se podrán utilizar castigos corporales y tratos humillantes.
En los cambios al Código Civil Federal, establece que los menores tienen derecho a que el resto de los integrantes de la familia respeten su integridad física, psíquica y emocional.
Los mayores, tendrán prohibido usar castigo corporal o trato y castigo humillante, como forma de corrección o disciplina de niños y adolescentes. Se catalogará como violencia familiar, el uso intencional de la fuerza física, moral o de cualquier acto que tenga como fin, generar dolor, molestia o humillación, incluyendo castigos corporales y humillantes.
También serán violencia familiar, las omisiones graves que cometa algún miembro de la familia cuando otro de los integrantes atente contra la integridad física, psíquica y emocional de los menores, independientemente de si con ese trato producen o no lesiones físicas, “siempre y cuando el agresor y el agredido habiten en el mismo domicilio y exista una relación de parentesco, matrimonio o concubinato”.
Quedará prohibido, dice el proyecto, que padres, madres o cualquier persona a cargo de los menores, utilice castigo corporal o humillante, para corregir o disciplinar a niñas, niños y adolescentes. La otra minuta de reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, señala que las autoridades de los tres órdenes de gobierno diseñarán y aplicarán políticas públicas en materia de ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de los menores.
Indica que el Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes debe considerar acciones específicas para la primera infancia, la niñez y la adolescencia. Especifica que niñas y niños serán quienes tengan menos de 12 años. Los menores de entre 12 y 17 años, serán adolescentes. La primera infancia abarcara de cero y hasta los seis años.