Sino recibes tu aguinaldo ¿Sabes a dónde acudir?

Guamúchil, Sin.- El 20 de diciembre es el último día para recibir el pago del aguinaldo, y todos los trabajadores que tengan una relación subordinado-patrón deben de recibir esta prestación establecida en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 87, informó el delegado del trabajo y prevención social de la región del Évora.

Sergio Robles Peña, indicó que los trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, deben de recibir esta prestación de por lo menos 15 días de salario.

Además las personas que no tengan un año desempeñándose en un empleo, deberán recibir un monto proporcional que se obtiene al dividir los días correspondientes al aguinaldo por 365 días del año, el resultado se multiplica por los días laborados y por el salario diario.

Señaló que los empleados que no reciban esta prestación pueden acudir a la delegación a interponer una queja, donde serán atendidos y le darán seguimiento al caso.

El primer paso ayudar al trabajador es citar al jefe del empelado, para saber la causa por la cual no cumplió con el pago de la prestación, y en caso de que no se presente a la cita se realizará una inspección extraordinaria en la empresa, para conocer sus estados financieros.

Informó que la Delegación de Trabajo y Prevención Social, llevan juicios en apoyo a todo aquel trabajador que no cuente con los recursos necesarios, para contratar un abogado particular, por lo que se le ofrece asesorías y atenciones durante los juicios de manera gratuita.

Agregó que no solo el retraso en el pago de las prestaciones del aguinaldo se atiende en la delegación, también el retraso o falta de pago de la prima de vacacional, utilidades (PTU) y el salario devengado, que de igual manera serán atendidos y se le dará seguimiento al caso, hasta que sea resuelto.

Exhortó a los patrones a realizar el pago de aguinaldo a los trabajadores antes del 20 de diciembre, para que no sean acreedores de multas o sanciones, porque el ingreso de esta prestación lo contemplan los empelados para solventar los gastos en las fiestas decembrinas.

¿Qué opinas tu?

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Noticias Relacionadas

https://casaley.com.mx
https://casaley.com.mx
https://casaley.com.mx
https://casaley.com.mx
https://casaley.com.mx
Buscar

Lugares

Categorías

Búsqueda

Buscar
Abrir chat
1
Hola, aquí nos encontramos para servirte.

Hablanos por WhatsApp, aquí estamos para apoyarte.