De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, si alguna vez te han despedido injustificadamente, tienes el derecho de poner una demanda en contra del patrón. Al hacerla, Conciliación y Arbitraje será la institución que se encargue de lograr un acuerdo que convenga a ambas partes: patrones y extrabajadores.
Sin embargo, existen algunos casos específicos en los que los patrones pueden hacer válida la opción de despedirte sin indemnizarte. Según la LFT, existen por lo menos quince motivos, de los cuales te contaremos un poco más a detalle.
Situaciones por las que pueden despedirte sin indemnización
Los casos por los que pueden despedirte sin indemnizarte de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo son:
- Actos de violencia contra superiores
Cualquier tipo de violencia que realices como trabajador en contra del personal directivo y personal administrativo. La violencia incluye desde amagos, amenazas, insultos o, en casos más extremos, golpes o actos que atenten con la integridad humana.
El único caso en que es justificada ‘la violencia’ es en defensa personal. De otro modo, pueden despedirte sin indemnizarte.
- Actos de violencia contra los compañeros
Cualquier tipo de violencia que realices como trabajador en contra de un compañero, así como clientes y proveedores.
Tal como el primer punto, se consideran violencia los amagos, amenazas, insultos, golpes o actos que atenten con la integridad humana. Igualmente, el único caso justificado es la defensa personal.
- Actos de violencia fuera del trabajo
Cualquier tipo de violencia mencionada en los puntos 1 y 2, pero que la realices fuera del área de trabajo, esto como ‘justificación’. En este punto no solo se incluyen a todos los actores ya mencionados en el punto 1 y 2, sino que también contra los familiares de estos. Igualmente, el único caso justificado es la defensa personal.
- Acoso u hostigamiento
Cualquier tipo de acoso y hostigamiento que realices como trabajador en contra de los actores ya mencionados en el punto 1 y 2. El acoso u hostigamiento puede ser tanto laboral como sexual, así como cualquier acto que la persona afectada considere inmoral. Se considera acoso u hostigamiento cualquier tipo de proposición o presión que esté fuera de los límites laborales.
- Información falsa
Si intentas engañar ya sea con documentos apócrifos o actitudes falsas al o los patrones. Los engaños constan desde simples mentiras que puedan perjudicar a la empresa, así como certificados, referencias u otro documento que se solicite. Los documentos mencionados sirven para determinar una incapacidad, un ascenso de puesto, entre otras cosas.
- Revelar información confidencial
Si por alguna razón revelas secretos o asuntos de carácter reservado de la empresa. No importa si esto perjudica o no a la compañía. Es importante aclarar que se puede considerar revelación aun cuando no se haya tenido esa intención, por lo que debes ser cuidadoso con el tema.
- Inasistencias injustificadas
Si como trabajador te tomas la libertad de faltar al trabajo sin ningún tipo de aviso. Eres acreedor a sanción cuando acumulas tres faltas sin permiso o sin justificación durante un periodo menor a 30 días. Es importante aclarar que los justificantes se deben entregar en tiempo y forma, según la empresa. Si no lo haces correctamente, se contará como una falta injustificada.
- Desobediencia
Puedes también ser despedido por desobedecer al o los patrones. En este punto únicamente entran razones que no se justifiquen y que evidentemente estén establecidas en el contrato. De negarse a llevar a cabo estas acciones, pueden despedirte sin indemnizarte.
- Daño a las instalaciones
Cualquier tipo de daño que realices intencionalmente a los materiales o lugar de trabajo. En caso de que dañes algo sin intención, deberá ser justificado y repuesto si es el caso. De realizar estas acciones, pueden despedirte sin indemnizarte.
- Negligencia
Esta es la contraparte al punto 9; aquí el daño a los materiales de trabajo sin intención puede ser considerado negligencia.
- Desatender medidas preventivas
Si no adoptas lo que se te solicita (siempre y cuando sea razonable). Este punto es vital en estos tiempos de COVID-19. Las medidas pueden ser procedimientos para evitar accidentes, sanitarias por pandemia u de otra índole.
- Imprudencia
Si por alguna razón comprometes la seguridad de la empresa o de los compañeros que la conforman. Es importante aclarar que se puede considerar imprudencia aun cuando no se haya tenido esa intención, por lo que debes ser cuidadoso con el tema.
- Condenas
Si infringes en algún delito y se te condena. Este caso en específico, depende meramente de un suceso que podría no estar relacionado ‘directamente’ con el empleo. Sin embargo, al estar en prisión no cumplirías con el trabajo por lo que pueden despedirte sin indemnizarte.
- Falta de certificaciones
Esto ocurre en caso de que te falten documentos para prestar un servicio en específico. La petición de estos documentos deberán tener un propósito y un amparo, es decir, que los pida la LFT o alguna autoridad competente.
- Uso de alcohol o drogas
Si como trabajador te tomas la libertad de ingerir alcohol o alguna droga dentro de las instalaciones. En este punto también se incluye el hecho de presentarte en estado de embriaguez o narcótico.