Tribunal Electoral desecha impugnación del PAN sobre consulta de revocación de mandato

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la impugnación del PAN contra el acuerdo del INE por el cual aprobó el diseño e impresión de la papeleta, documentación y materiales, así como el líquido indeleble a utilizarse durante la consulta de revocación de mandato.

Por mayoría de cuatro votos a tres, las y los magistrados de la Sala Superior señalaron que dicha impugnación ataca hechos futuros de aplicación incierta, debido a que al día de hoy no se sabe aún si la consulta se realizará o no.

Dijeron que, ante la incertidumbre sobre la realización de la consulta, la cual está condicionada a que se reúnan las firmas necesarias previstas en la Ley, no es el momento de analizar la legalidad de la pregunta que se pondrá en la boleta.

Estimaron que la decisión no deja en estado de indefensión al PAN ya que, de reunirse las firmas exigidas por la norma, dicho instituto político tiene aún la posibilidad de impugnar.

Además, recordaron que la Ley de Revocación de Mandato ya fue impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la acción de inconstitucionalidad 151/2021

En su queja, inscrita en el expediente SUP-RAP-449/2021, el PAN impugnó el Acuerdo INE/CG1629/2021 al advertir que la formulación de la pregunta viola la ley en materia de revocación de mandato y resulta inconstitucional, al contener la frase “de que siga en la presidencia”.

La propuesta de sentencia fue elaborada por el magistrado Indalfer Infante González y en ella propuso confirmar el acuerdo del INE al considerar que dicha autoridad actuó de forma correcta en la aprobación del acuerdo impugnado.

Estimó que la promoción de una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN no se erige como impedimento para aplicar la normativa legal que rige la revocación del mandato, además de que no hay constancia de que el Tribunal Constitucional hubiera otorgado la suspensión del acto reclamado.

Para el magistrado Infante González no le asistía la razón al PAN en lo relativo a que resulta inconstitucional, tanto la pregunta como las respuestas usadas en la papeleta de la consulta.

La propuesta del magistrado Infante González sólo fue apoyada por dos de sus pares (Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón), los restantes (Felipe Fuentes Barrera, José Luis Vargas, Mónica Aralí Soto Fregoso y Felipe de la Mata Pizaña) se pronunciaron por desechar la demanda del PAN.

Con información de El Financiero…

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