Ante omisión del Congreso, aprueba INE lineamientos de revocación de mandato

Ciudad de México.- Por unanimidad, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), aprobó los lineamientos para revocación de mandato, a la espera de que el Congreso de la Unión expida la ley reglamentaria en la materia, los consejeros electorales rechazaron que pretendan legislar o invadir facultades y atribuciones constitucionales.

En sesión ordinaria, los consejeros aprobaron los lineamientos, durante el debate de más de tres horas, los funcionarios rechazaron que el órgano electoral pretenda invadir facultades del Poder Legislativo, pero, insistieron que ante la omisión de la Cámara de Diputados y del Senado para emitir la Ley Federal de Revocación de Mandato, el instituto está obligado a dar certeza a los ciudadanos.

Lo anterior, en respuesta a las descalificaciones que actores políticos, principalmente de Morena realizaron en contra del instituto por la emisión de estos lineamientos, acusando a los consejeros de manipular la ejecución del ejercicio democrático.

“Para decirlo en una nuez y con toda claridad, el INE no pretende legislar, ni sustituir al Congreso en sus facultades y atribuciones constitucionales, no lo pretende”, subrayó el consejero presidente Lorenzo Córdova. 

La autoridad electoral recordó que, en sus artículos transitorios, la reforma constitucional sobre revocación de mandato, establece un plazo de 180 días después de su publicación para la emisión de la ley reglamentaria, en diciembre de 2019, por lo que desde hace 436 días debió ser legislada por el Congreso. 

Por ello, ante la omisión del Legislativo, el INE tiene la obligación de sentar las bases normativas, en tanto se emite la legislación a fin de que el instituto cumpla con las obligaciones constitucionales que deben estar delimitadas la primera semana de septiembre, toda vez que con base en ello se construye el proyecto presupuestal para realizar el ejercicio.

“El único objetivo que hemos perseguido al ejercer la facultad reglamentaria que tiene esta autoridad electoral es darle un sustento normativo a la solicitud de recursos presupuestales para el ejercicio fiscal 2022, e inyectarle como siempre lo hemos hecho, certeza a la ciudadanía y a los actores políticos sobre la forma en la que el INE cumplirá sus atribuciones y en este caso específico sobre la revocación de mandato, si la ciudadanía lo solicita y se cumple con los requisitos constitucionales”, recalcó el consejero presidente.

En su oportunidad, la consejera Dania Ravel, detalló que la revocación de mandato es un instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la Presidencia de la República a partir de la pérdida de confianza.

Recordó que el Poder Legislativo en la reforma constitucional de 2019 estableció la obligación de la emisión de una ley reglamentaria dentro de los 180 días siguientes a la publicación del decreto, en la cual se debería desarrollar con toda claridad las etapas y procedimientos para la organización de este proceso, lo cual no ha ocurrido a la fecha.

De acuerdo al artículo cuarto transitorio de la reforma constitucional, señala que, en caso de solicitarse el proceso de revocación de mandato del Presidente electo para el periodo constitucional 2018-2024, la solicitud de firmas comenzará durante el mes de noviembre y hasta el 15 de diciembre de 2021 y la petición deberá presentarse dentro de los primeros 15 días de este mismo mes.

En caso de que la solicitud sea procedente, el INE deberá emitir la convocatoria dentro de los 20 días siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la petición y la jornada de votación será a los 60 días de expedida la convocatoria.

Los lineamientos para la organización de la Revocación de Mandato aprobados por el INE, cuenta con 251 artículos que contemplan la instalación de 161 mil casillas, la capacitación y contratación de 5 mil 430 supervisoras y supervisores electorales, 32 mil 421 capacitadores asistentes electorales; así como 484 mil funcionarios de casilla.

También se contempla la posibilidad del voto por internet de los mexicanos residentes en el extranjero, cómputos el día de la jornada; así como la implementación de Conteo Rápido. 

Adicionalmente se establece el uso de una aplicación móvil y un micrositio para recolectar las firmas de al menos el tres por ciento de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores, requisito indispensable para solicitar el ejercicio.

Las rúbricas deberán contener nombre completo, fotografía y firma de los ciudadanos, son parte de los lineamientos que fueron aprobados este viernes. 

En tanto, los partidos políticos, podrán realizar propaganda siempre y cuando no utilicen recursos públicos para ello, ni contraten propaganda en radio y televisión espacios es los que el INE es el único facultado, adicionalmente podrán utilizar los espacios asignados como prerrogativas para fijar su postura sobre el referéndum.

Además, los tres órganos de gobierno, estarán obligados a no difundir propaganda gubernamental desde el inicio de la convocatoria y hasta que se realice el referéndum.

Con información de El Heraldo…

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