Los Mochis, Ahome.- Jubilados de la Comisión Federal de Electricidad—CFE- advirtieron esta mañana que se irán al amparo contra la aplicación del Artículo 127 Constitucional porque ya empezó a afectarles en sus percepciones o ingresos, a pesar de que como empleados del sector público al cumplir con su vida laboral accedieron al derecho de la jubilación mediante un compromiso de ingreso económico vitalicio, y sin efectos retroactivos ante modificación legal alguna.
En conferencia de prensa las y los trabajadores jubilados de la CFE expusieron el problema al que se están enfrentando desde la semana pasada, cuando les aplicaron el primer descuento a su percepción, y cuestionaron la legalidad de la medida tomando en cuenta que las leyes no deben ser retroactivas.
En la conferencia el ingeniero José Guadalupe Castro Leyva, ex superintendente de la CFE en esta ciudad, dijo que cada peso de las pensiones fue ganado conforme a la ley vigente en su momento, por eso la aplicación retroactiva de la reforma no sólo los afecta a ellos, abre un precedente peligroso para cualquier trabajador mexicano.
Castro Leyva dijo que desde la semana pasada sintieron la afectación, ya llegó el descuento que le pegó al ingreso por jubilación, en algunos casos alcanza hasta el 70 por ciento del descuento.
Y en ese escenario advirtió que van al amparo, buscarán que al final de toda la tramitología que harán se logre dar marcha atrás en esta medida que es extrema para la percepción de los jubilados.
“Está prácticamente destrozando el futuro de nosotros y la economía familiar”, dijo el ingeniero Castro Leyva.
“Estamos confiando en las leyes todavía, en que se haga justicia, lo que buscamos es justicia, que se restituya todo aquello que fue pactado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, nosotros hicimos un pacto con el gobierno federal, y ellos se comprometieron que de forma vitalicia serían las percepciones”, subrayó.
Por su parte, Luis Soto dijo que es inadmisible que paguen justos por pecadores, si hay irregularidades que se investiguen individualmente, pero que se respete el esfuerzo de quienes mantuvimos iluminado el desarrollo de México.
Agregó que son jubilados de 30, 35 y hasta 40 años, y por eso resulta incomprensible el trato que nos quieren dar en la etapa de nuestras vidas de mayor vulnerabilidad.
“Apelamos así a la responsabilidad y sensibilidad del Poder L egislativo, “no solicitamos concesiones, sino el respeto irrestricto a la no retroactividad de la ley y los derechos adquiridos”, expuso.
¿QUÉ DICE LA LEY?
El Artículo 127 de la Constitución Mexicana establece que ningún servidor público puede ganar más que el Presidente de la República.
Define la remuneración como cualquier pago en efectivo o especie (bonos, sueldos, primas) que sea adecuado y proporcional a la responsabilidad. Reformas recientes limitan pensiones de exfuncionarios al 50% de la presidencial Puntos Clave del Artículo 127 Constitucional:
• Límite Máximo: Ninguna persona servidora pública podrá recibir remuneración mayor a la establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal en el presupuesto correspondiente.
• Definición de Remuneración: Comprende todo ingreso en efectivo o especie, tales como dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos y comisiones.
• Excepciones: No se consideran remuneración los apoyos y gastos sujetos a comprobación, así como los gastos de viaje en actividades oficiales o viáticos.
• Proporcionalidad: Las remuneraciones deben ser proporcionales a las responsabilidades, adecuadas y no renunciables.
• Reforma de Pensiones (2026): Se propuso que las pensiones de exfuncionarios no excedan el 50% de la remuneración del Presidente, buscando reducir pensiones onerosas.
• Aplicación: Aplica a los Poderes de la Unión (Legislativo, Ejecutivo, Judicial), organismos descentralizados, empresas de participación estatal y fideicomisos.











